En el marco de la reciente profundización de las relaciones comerciales y acuerdos bilaterales entre China y Chile, es importante observar que aún muchas empresas chilenas desarrollan estrategias de negocio con o desde China sin comprender cabalmente las implicancias legales de las mismas.
El sistema legal chino no solo presenta particularidades formales y su complejidad y constante cambio no solo deriva de factores vinculados a una particular idiosincrasia o cultura. Solamente poniendo atención a las peculiaridades de la sociedad china y especialmente a la manera especial en que sus distintas esferas (como la política, la economía, el derecho, la ciencia, los medios) se relacionan entre sí, se puede comenzar a entender la evolución de su sistema legal.
No obstante las peculiaridades de la sociedad y del sistema legal chino, existe una tendencia generalizada en occidente a aplicar directa y automáticamente nuestros propios “criterios de normalidad” al sistema legal de ese país. Esto, la mayor parte de las veces, genera importantes malos entendidos y errores legales serios que pueden resultar en efectos negativos de largo plazo para las empresas en cuestión.
Entender cabalmente las diferencias no solo culturales sino también legales se torna ahora aún más urgente si se considera que en los últimos 24 meses ha existido un cambio en la actitud de las autoridades chinas en cuanto a la implementación y verificación de cumplimiento de normas legales por empresas extranjeras. Los abogados de Ubilla y Cía. en Shanghai —que en 2009 se transformó en la primera oficina legal chilena y latinoamericana no brasileña en iniciar operaciones en China— han podido advertir esta tendencia en relación con los más diversos aspectos legales, incluyendo temas tributarios, corporativos, laborales, relativos a propiedad intelectual y tecnología e información, entre otros.
Numerosas empresas chilenas sustentan fuertemente sus negocios en estrategias comerciales o de inversión en China. Sin embargo, muchas de esas estrategias no han sido cabalmente estudiadas desde el punto de vista de la complejidad del sistema legal chino y muchas de esas estrategias se enfrentan o caen en supuestos de incumplimiento legal en el país. Un ejemplo simple se presenta en la relaciones de agencia con intermediadores o facilitadores chinos que en muchos casos pueden dar origen a contingencias laborales, lo que a su vez puede gatillar consecuencias corporativas y tributarias. Un ejemplo más complejo se da en relación a los “joint ventures”, en los que es usual descubrir incumplimientos regulatorios respecto a los aportes de capital de las partes o incumplimientos regulatorios que implican la pérdida de derechos relevantes para el inversionista extranjero (por ejemplo, respecto de propiedad intelectual u otros). Estos y muchos otros tipos de casos son situaciones reales de alta complejidad y pueden ser evitadas de manera simple si se abordan de manera oportuna y adecuada.
Estas situaciones no solamente resultan de una sucesión de simples errores o descuidos, sino que tienen como trasfondo una comprensión insuficiente de la realidad social y legal de China, lo que muchas veces impide llevar a cabo estrategias exitosas.
En resumen, las empresas chilenas y sus asesores legales debieran evitar suponer que la “lógica internacional” aplica a las relaciones con el gigante asiático y, por lo tanto, debieran ir más allá de un entendimiento general y formal de sus estrategias de negocios con China, analizando detalladamente la manera adecuada de implementarlas para sentar las bases de un desarrollo estable y de largo plazo de las mismas.
* Jaime Ubilla Fuenzalida es abogado socio de Ubilla y Cía y director de iChinaLaw.
Fuente: El Mercurio – Legal